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CASOS

CASO Nº 1 

 

            Un alumno de 1º de Bachillerato, al que le han quedado en suspenso las calificaciones de dos asignaturas en la última evaluación, plantea a su profesor-tutor las siguientes cuestiones.

 

            Análisis del caso:

 

1.      Cuando la calificación es negativa en alguna materia del curso, ¿puede el alumno someterse a alguna prueba para recuperarla? ¿A cuántas? ¿Cuándo?

 

De acuerdo con la ORDEN ESD/3725/2008,  12 DE DICIEMBRE,  SOBRE EVALUACIÓN EN BACHILLERATO EN EL ÁMBITO DE GESTIÓN DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA SOCIAL Y DEPORTE en su Artículo 9 que versa sobre el Desarrollo del proceso de evaluación del alumnado, apartado 8 dice:

“En los primeros días del mes de septiembre se celebrará una sesión extraordinaria de evaluación para el alumnado en régimen ordinario que no hubiera superado todas las materias en la evaluación final ordinaria. Para el alumnado de la modalidad de educación a distancia esta sesión se celebrará en los últimos días del mes de junio”.

2.      ¿Quién elabora las pruebas? ¿De qué versan? ¿Quién las supervisa?

En el Artículo 9 de la mencionada Orden en su apartado 1, 3, 4 y 5 se recoge:

1. La evaluación del aprendizaje del alumnado será continua y diferenciada según las distintas materias y se llevará a cabo por el profesorado correspondiente tomando como referencia los objetivos, los contenidos y los criterios de evaluación de cada una de las materias recogidos en el anexo I de la Orden ECI/1729/2008, de 11 de junio, y en la propuesta curricular incluida en el proyecto educativo del centro.

3. Cada grupo de alumnos será objeto de tres sesiones de evaluación a lo largo del periodo lectivo, sin perjuicio de otras que establezcan los proyectos educativos de los centros. Se podrá hacer coincidir la última sesión con la de la evaluación final ordinaria del curso.

4. El equipo docente, constituido por el profesorado de cada alumno o alumna coordinados por su profesor tutor, valorará su evolución en el conjunto de las materias y su madurez académica en relación con los objetivos del bachillerato así como, al final de la etapa, sus posibilidades de progreso en estudios posteriores. Asimismo valorará el desarrollo de su propia práctica docente y adoptará las medidas pertinentes para su mejora.

Tiene potestad para hacer pruebas de recuperación de asignaturas pendientes y se guarda la nota para una fecha concreta.

5. La evaluación de cada materia será realizada por el profesado correspondiente que decidirá si el alumno o la alumna ha superado los objetivos de la misma, tomando como referente fundamental los criterios de evaluación.

3.      ¿Se necesita alguna condición previa para presentarse a las pruebas de septiembre si le queda alguna materia en suspenso?

 

Articulo 9.

1. La evaluación del aprendizaje del alumnado será continua y diferenciada según las distintas materias y se llevará a cabo por el profesorado correspondiente tomando como referencia los objetivos, los contenidos y los criterios de evaluación de cada una de las materias recogidos en el anexo I de la Orden ECI/1729/2008, de 11 de junio, y en la propuesta curricular incluida en el proyecto educativo del centro.

4.      ¿Con cuántas materias pendientes se puede incorporar al curso siguiente?

En el Artículo 10 de la citada Orden nos habla de la  Promoción y permanencia y recoge los siguientes apartados.

1. Al finalizar el primer curso, y como consecuencia del proceso de la evaluación, el profesorado de cada alumno adoptará las decisiones correspondientes sobre su promoción al segundo curso.

2. Se promocionará al segundo curso cuando se hayan superado todas las materias cursadas o se tenga evaluación negativa en dos materias como máximo. Quienes promocionen al segundo curso sin haber superado todas las materias deberán matricularse de las materias pendientes del curso anterior.

5.   ¿Puede un alumno, con materias pendientes del curso anterior, solicitar del centro un método para recuperarlas? ¿Cuál es el procedimiento? ¿Cuándo se tiene que examinar?

-           “Atendidos por los departamentos correspondientes, deciden los criterios y procedimientos de evaluación”.

-          Si lo permite la disponibilidad horaria del profesor, jefatura puede asignar un tutor de estos alumnos.

-          Funciones.

Ø  Recabar información sobre los distintos departamentos.

Ø  Coordinar convocatorias de pruebas.

Ø  Dirigir la sesión de evaluación de estos alumnos y hacer su seguimiento.

-          Las materias pendientes de 1º serán evaluadas antes del 15 de mayo.

 

Dictamen del caso:

Efectivamente si la calificación de alguna materia en la última evaluación es negativa el alumno puede someterse a una prueba extraordinaria en septiembre para recuperarla y puede presentarse a todas las materias en las que haya obtenido calificaciones negativas.

Tal y como hemos visto en la normativa, las pruebas serán elaboradas por el profesor correspondiente a cada materia no superada y su referente fundamental para la elaboración las mismas serán los criterios de evaluación que haya establecido en su programación.

El profesor correspondiente a la materia no superada es el que previamente habrá determinado en su programación si existe algún condicionante para presentarse a las pruebas de septiembre, tales como trabajos, o lecturas etc, tomando como referencia los objetivos, los contenidos y los criterios de evaluación de la materia en cuestión para la elaboración de las pruebas.

Al curso siguiente se puede  promocionar con la evaluación negativa de dos materias como máximo, debiendo matricularse del curso siguiente completo  y de las dos materias pendientes del curso anterior.

 

CASO Nº 2

 

            El profesor tutor del grupo B de 2º de Bachillerato manifiesta en la 2ª sesión de evaluación que, para la tercera evaluación, será él quien coordine la asignación de las fechas de examen en su grupo; y pide a los profesores de matemáticas y de Biología que reduzcan el número de pruebas de repaso y se abstengan de realizarlas en las fechas previas a la evaluación. Al profesor de historia le transmite el ruego de los alumnos de su tutoría para que presente las pruebas con procedimientos más variados, pues siempre utiliza las de tipo test. Por último, manifiesta que, para la próxima sesión de evaluación, se negará a que se realice como hasta ahora, calificando a las mismas de un “vaciado de notas”.

 

            Análisis del caso:

 

1.      ¿Cuáles son las funciones del profesor tutor respecto a la evaluación? ¿Es correcta la actuación del tutor cuando dice que va a coordinar la asignación de las fechas de evaluación?

 

Informar a la familia y al propio alumno de su progreso académico, coordinar al equipo docente en la evaluación, valorar la evaluación en el conjunto de las materias, redacción y custodia de la sesiones de evaluación.

No. El tutor es coordinador de las sesiones de evaluación pero es jefatura de estudios quien se encarga de la asignación de fechas.

 

2.      ¿Se pueden negar los profesores de matemáticas y de biología a la petición del tutor? ¿Por qué?

Sí.

La evaluación de cada materia será realizada por el profesorado correspondiente que decidirá si el alumno ha superado los objetivos tomando como referente los criterios de evaluación.

 

3.      ¿Está obligado el profesor de historia a diseñar pruebas que contemplen “procedimientos variados”?

 

Sí porque es continua y no selectiva.

La LOE contempla la utilización de instrumentos variados

 

4.      ¿Qué contempla la sesión de evaluación? ¿A qué se refiere el tutor con la expresión “Vaciado de notas”?

 

ORDEN ESD/3725/2008, de 12 de diciembre, sobre evaluación en Bachillerato en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte.

 

1. “Las sesiones de evaluación son las reuniones que celebra el conjunto de profesores de cada grupo de alumnos asesorado, en su caso, por el Departamento de orientación del centro. En algún momento de las sesiones de evaluación podrá estar presente el alumnado representante del grupo para comentar cuestiones generales que afecten al mismo.

2. “Cada grupo de alumnos será objeto de tres sesiones de evaluación a lo largo del periodo lectivo, sin perjuicio de otras que establezcan los proyectos educativos de los centros. Se podrá hacer coincidir la última sesión con la de la evaluación final ordinaria del curso”.

3. “El equipo docente, constituido por el profesorado de cada alumno o alumna coordinados por su profesor tutor, valorará su evolución en el conjunto de las materias y su madurez académica en relación con los objetivos del bachillerato así como, al final de la etapa, sus posibilidades de progreso en estudios posteriores. Asimismo valorará el desarrollo de su propia práctica docente y adoptará las medidas pertinentes para su mejora”.

4. “La evaluación de cada materia será realizada por el profesado correspondiente que decidirá si el alumno o la alumna ha superado los objetivos de la misma, tomando como referente fundamental los criterios de evaluación”.

5. “En las sesiones de evaluación se cumplimentarán las actas de evaluación con las calificaciones otorgadas a cada alumno en las diferentes materias y se acordará la información que ha de ser transmitida a cada alumno y a su familia si es el caso, sobre el resultado del proceso de aprendizaje seguido y sobre las actividades realizadas”.

6. “De cada sesión de evaluación se levantará una única acta, cuya redacción se realizará de forma conjunta por los tutores y las tutoras del alumnado del grupo. En ella se harán constar aspectos generales del grupo, las valoraciones sobre aspectos pedagógicos que sean pertinentes y los acuerdos adoptados sobre el grupo en general o sobre el alumnado de forma individualizada”.

7. “En los primeros días del mes de septiembre se celebrará una sesión extraordinaria de evaluación para el alumnado en régimen ordinario que no hubiera superado todas las materias en la evaluación final ordinaria. Para el alumnado de la modalidad de educación a distancia esta sesión se celebrará en los últimos días del mes de junio”.

EN LAS SESIONES DE EVALUACIÓN: www.pnte.cfnavarra.es

1.  Los delegados exponen los puntos de vista del grupo, siempre en una perspectiva general, sin entrar en cuestiones personales de un alumno con un profesor, según lo que han debatido previamente en su grupo; el equipo docente, si lo considera oportuno, responde.

2. Ya en ausencia de los delegados, el tutor hace entrega de calificaciones del grupo al profesorado (fotocopias de la sábana, estadísticas...) y ofrece una breve síntesis de la evolución general del grupo, síntesis que extrae de los informes previos que le han dado los profesores (máximo 5 min.). Si se trata de la segunda evaluación, puede incluirse en este momento el comentario de la evolución de los resultados, para lo cual pueden ser útiles dos tablas que aparecen en la sábana de calificaciones.

3. A continuación, se abordan los casos particulares más reseñables, por el motivo que sea. Conviene, en cada caso, describir el o los problemas y añadir unas posibles soluciones o, por lo menos, medidas que se vayan a adoptar por parte del equipo docente (o que se sugieran, en su caso, al equipo directivo).

4. Si es el grupo en general el que resulta problemático, será interesante también proponer medidas o soluciones colectivas y adoptar el compromiso de llevarlas a cabo. De todas estas medidas, tanto individuales como grupales, conviene dejar constancia escrita en el acta-informe de la evaluación. Nos interesa resaltar estos puntos, ya que de estas medidas puede surgir una mejora en la marcha del alumno y del grupo.

5.  Es conveniente hablar al menos unos segundos de todos y cada uno de los alumnos del grupo: aunque sólo sea para decir que van bien. Para ello, después de abordar los casos particulares más reseñables, puede irse comentando el resto de alumnos por orden de lista.

6. En la segunda evaluación puede ser útil empezar a plantear posibles orientaciones para el alumnado, sobre todo a partir de 2º de ESO: qué alumnos pueden ser candidatos a repetir,  a DC, a Bachillerato... 

7.  Se puede dedicar un tiempo, si se quiere y se dispone de él, a otros temas relativos al grupo: limpieza, puntualidad, relaciones entre los alumnos y con el profesorado..., así como al grado de cumplimiento de los programas en cada asignatura.

8. Recordamos que, si se ha efectuado una adaptación curricular o un refuerzo, es necesario que consten los objetivos y contenidos abordados al menos a final de curso, y si es posible trimestralmente.

  • Para comentar las calificaciones de las capacidades (en ESO) y de los hábitos de trabajo (en Bachillerato), conviene que el tutor haya calculado previamente la media de ellas, y la proponga como calificación que aparecerá en el Boletín de notas a la Junta de Evaluación.

9. En cada sesión de evaluación, si es posible, estará presente un miembro del equipo directivo. 

La expresión vaciado de notas hace referencia a volcar las notas de cada materia sin estudiar con detalle cada caso y tomar medidas para el buen desarrollo del aprendizaje del alumno.

 

CASO Nº 3

 

La familia de un alumno de 2º de Bachillerato, con dos materias pendientes del curso anterior, expresa su preocupación por lo que considera un incumplimiento de las obligaciones del centro.

Su hijo no recibe ningún apoyo ni orientación para recuperar dichas materias y no saben, si es debido a que si aprueba las correspondientes materias de 2º, se consideran recuperadas las de 1º, al ser un nivel inferior; o es que la familia debe poner un profesor particular para que prepare los exámenes de recuperación que el centro pondrá en su día.

 

Análisis del caso:

 

1.      Si figura en la legislación alguna obligación al respecto, a quién incumbe y a qué obliga.

2.      ¿es suficiente con contemplar las pruebas de recuperación? ¿Cuántas se deben contemplar? ¿Cuándo han de realizarse? ¿Quién las elabora? ¿De qué versan? ¿Quién las supervisa?

 

La legislación donde se hace referencia a la promoción de alumnado aparece en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE). CAPÍTULO IV. Bachillerato. Artículo 36.

  • Al finalizar el primer curso, y como consecuencia del proceso de evaluación, el profesorado de cada alumno adoptará las decisiones correspondientes sobre su promoción al segundo curso.
  • Se promocionará al segundo curso cuando se hayan superado todas las materias cursadas o se tenga evaluación negativa en dos materias como máximo.
  • Quienes promocionen al segundo curso sin haber superado todas las materias, deberán matricularse de las materias pendientes del curso anterior. Los centros organizarán las consiguientes actividades de recuperación y la evaluación de las materias pendientes.

La objetividad de la evaluación. (Orden 3725 de 2008, 12 de diciembre, sobre evaluación en Bachillerato en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación política social y deporte (BOE de 22 de diciembre de 2008).

 

Artículo 12.

 

1. “La evaluación continua es un instrumento que asegura la objetividad en la evaluación del rendimiento educativo del alumnado. A ello contribuyen de manera especial la participación conjunta de todo el profesorado del alumno y la colaboración, en su caso, del Departamento de orientación. La aplicación del proceso de la evaluación continua del alumnado requiere su asistencia regular a las clases y actividades programadas para las distintas materias que constituyen el plan de estudios”.

 

2. “Con el fin de garantizar el derecho del alumnado a que su rendimiento escolar sea valorado conforme a criterios de plena objetividad, deberán hacerse públicos los criterios generales que se hayan aplicado para la evaluación de los aprendizajes, promoción y titulación. Los departamentos didácticos o los responsables de los centros privados, informarán al comienzo del periodo lectivo sobre los contenidos mínimos exigibles para la superación de las diferentes materias de él dependientes, los procedimientos de recuperación y de apoyo previstos y los procedimientos y criterios de evaluación aplicables”.

 

3. “El tutor y los profesores de las distintas materias mantendrán una comunicación fluida, en lo relativo al proceso de aprendizaje, con los alumnos y sus padres o tutores legales. Además, los centros deberán señalar el procedimiento mediante el cual el alumnado y sus padres o tutores legales, si es el caso, podrán solicitar aclaraciones de sus profesores y tutores acerca de las informaciones que sobre su proceso de aprendizaje reciban y, en su caso, podrán formular las oportunas reclamaciones sobre las calificaciones finales, de acuerdo con lo que disponga la normativa vigente al respecto”.

 

¿Es suficiente con contemplar las pruebas de recuperación?

¿Cuántas se deben contemplar? 3 incluida la de septiembre  

¿Cuándo han de realizarse? Según la temporalización en las programaciones del centro. Enero o febrero (segundo trimestre) y abril (tercer trimestre). “Antes del 15 de mayo”

¿Quién las elabora? El departamento de la asignatura.

¿De qué versan? Contenidos de la programación.

¿Quién las supervisa? Jefe de departamento y jefatura de estudios.

Orden de 12 noviembre 1992

-          “Atendidos por los departamentos correspondientes, deciden los criterios y procedimientos de evaluación.

-          Si lo permite la disponibilidad horaria del profesor, jefatura puede asignar un tutor de estos alumnos.

Funciones:

< Recabar información sobre los distintos departamentos.

< Coordinar convocatoria de pruebas.

< Dirigir la sesión de evaluación de estos alumnos y hacer su seguimiento.

-          Las materias pendientes de 1º serán evaluados antes del 15 de mayo”.

 

CASO Nº 4

En la Jefatura de Estudios del Instituto se ha recibido por escrito la queja de la familia  de un alumno de 1º de Bachillerato, respecto de la actuación de un profesor del seminario de Física y Química, aduciendo que en el examen de la tercera evaluación, las cuestiones planteadas a su hijo correspondían, en gran parte, a temas de evaluaciones pasadas; por lo que su hijo (¡que recibe clases particulares!), tiene una nota deficiente que no responde al esfuerzo realizado estudiando los contenidos tratados en la evaluación. Además, tienen la sospecha, de que en la nota tan baja de su hijo ha influido un percance que tuvo con el profesor y que dio lugar a la intervención del Jefe de Estudios.

Los padre reclaman un nuevo examen de acuerdo con la legislación en vigor y exigen del Jefe de Estudios que intervenga para que no permita que este profesor utilice "estrategias para que su hijo suspenda", en clara alusión a que normalmente utiliza pruebas objetivas.

Análisis del caso:

1.         ¿A qué legislación se refieren los padres?

2.         ¿Se puede preguntar al alumno contenidos de evaluaciones anteriores?

3.         ¿Pueden modificarse las calificaciones obtenidas por el alumno con las observaciones realizadas sobre su comportamiento?

4.         ¿Para qué sirven las observaciones sobre el comportamiento?

5.         ¿Se puede hacer un nuevo examen al alumno?

6.         ¿Está obligado el profesor a realizar pruebas con procedimientos e instrumentos variados?

Con respecto a este caso decir que actualmente no existe una normativa con respecto a la evaluación y si en la ley actual no aparece respuesta posible, nos debemos dirigir a hacia la anterior normativa aunque esté derogada.

La normativa sobre evaluación en vigor pero que no recoge lo referente a este caso es la siguiente:

-LOE 3 de mayor 1996 en sus art. 28 y 29  con respecto a la evaluación en Secundaria dice que se harán pruebas diagnosticas externas al finalizar el primer ciclo de la ESO.

- El Real Decreto 1514 de 7 de diciembre 2006 sobre Enseñanzas Mínimas en Secundaria, recoge en los mismos términos que la LOE en lo que respecta a la evaluación.

- El Decreto 23 de 10 de mayo 2007 establece el Currículo para Secundaria. Con respecto a la evaluación añade que se hará un “historial de aprendizaje” al final de la etapa.

 

-El Real Decreto ECI/1845 de 19 de junio en el que se establecen los documentos básicos para la evaluación así como los requisitos formales que se deriven del proceso de evaluación y que garanticen la movilidad de los alumnos.

Esta es la legislación en vigor, y la que queda derogada y es la que tendríamos que consultar es:

-La Orden de 3 de julio de 2003

-La Orden de 30 de octubre de 1992.

Y en ninguna de ellas se hace referencia a este caso.

DICTAMEN DEL CASO: No pueden reclamar un nuevo examen de acuerdo con la legislación en vigor porque no existe.

CASO Nº 5

El jefe de estudios del centro reúne a los profesores de bachillerato para acordar los criterios que van  a regir las sesiones de evaluación.

Análisis del caso:

Como proceso que ha de recoger de manera sistemática las informaciones derivadas del proceso de enseñanza y de aprendizaje:

1.      Definirá la sesión de evaluación, dejando claro su objeto, su composición, su instrumento básico, la responsabilidad de coordinación, mecanismos de actuación y, la transmisión de la información y de las decisiones a quien corresponda:

 

La evaluación en Bachillerato viene recogida en:

La Ley Orgánica 2/2006 , de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 36.1 que la evaluación del aprendizaje del alumnado en el Bachillerato será continua y diferenciada según las distintas materias del currículo.

El Real Decreto 1467/2007 , de 2 de noviembre, por el que se establece la estructura del bachillerato y se fijan sus enseñanzas mínimas, regula en la disposición adicional primera los documentos básicos que han de reflejar los aprendizajes realizados por el alumnado y que deben permitir su movilidad entre centros escolares de la misma o de distinta comunidad autónoma, en las debidas condiciones de continuidad.

Por otra parte, la Orden ESD/1729/2008 , de 11 de junio, por la que se regula la ordenación y se establece el currículo del bachillerato, estipula los principios que se deberán tener en cuenta en la evaluación, promoción y titulación del alumnado.

La presente orden (ESD/ 3725/2008, de 12 de diciembre, sobre evaluación en Bachillerato en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte) desarrolla en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, las normas de evaluación acordes con los objetivos propuestos por la normativa anteriormente citada que asegura una coherencia del proceso de la evaluación y establece los documentos e informes necesarios para dicho proceso.

En su artículo 9 dispone:

“La evaluación del aprendizaje del alumnado será continua y diferenciada según las distintas materias y se llevará a cabo por el profesorado correspondiente tomando como referencia los objetivos, los contenidos y los criterios de evaluación de cada una de las materias recogidos en el anexo I de la Orden ECI/1729/2008, de 11 de junio, y en la propuesta curricular incluida en el proyecto educativo del centro.

 

 Las sesiones de evaluación son las reuniones que celebra el conjunto de profesores de cada grupo de alumnos asesorado, en su caso, por el Departamento de orientación del centro. En algún momento de las sesiones de evaluación podrá estar presente el alumnado representante del grupo para comentar cuestiones generales que afecten al mismo.

 

El equipo docente, constituido por el profesorado de cada alumno o alumna coordinados por su profesor tutor, valorará su evolución en el conjunto de las materias y su madurez académica en relación con los objetivos del bachillerato así como, al final de la etapa, sus posibilidades de progreso en estudios posteriores. Asimismo valorará el desarrollo de su propia práctica docente y adoptará las medidas pertinentes para su mejora. La evaluación de cada materia será realizada por el profesado correspondiente que decidirá si el alumno o la alumna han superado los objetivos de la misma, tomando como referente fundamental los criterios de evaluación.

 

En las sesiones de evaluación se cumplimentarán las actas de evaluación con las calificaciones otorgadas a cada alumno en las diferentes materias y se acordará la información que ha de ser transmitida a cada alumno y a su familia si es el caso, sobre el resultado del proceso de aprendizaje seguido y sobre las actividades realizadas.

 

De cada sesión de evaluación se levantará una única acta, cuya redacción se realizará de forma conjunta por los tutores y las tutoras del alumnado del grupo. En ella se harán constar aspectos generales del grupo, las valoraciones sobre aspectos pedagógicos que sean pertinentes y los acuerdos adoptados sobre el grupo en general o sobre el alumnado de forma individualizada.

 

En los primeros días del mes de septiembre se celebrará una sesión extraordinaria de evaluación para el alumnado en régimen ordinario que no hubiera superado todas las materias en la evaluación final ordinaria. Para el alumnado de la modalidad de educación a distancia esta sesión se celebrará en los últimos días del mes de junio”.

 

2.    Indicará el número de sesiones de evaluación a celebrar a lo largo del curso, con indicación de los periodos lectivos que han de cubrir.

 

“Cada grupo de alumnos será objeto de tres sesiones de evaluación a lo largo del periodo lectivo, sin perjuicio de otras que establezcan los proyectos educativos de los centros. Se podrá hacer coincidir la última sesión con la de la evaluación final ordinaria del curso”.

 

3.      Informará sobre la posibilidad de recibir asesoramiento especializado en caso necesario.

 

Las sesiones de evaluación son las reuniones que celebra el conjunto de profesores de cada grupo de alumnos asesorado, en su caso, por el Departamento de orientación del centro.

 

CASO Nº 6

 

El jefe de estudios comunica al profesor tutor de un grupo de alumnos, la pérdida del derecho a la evaluación continua por parte de uno de éstos. El profesor requiere información, basada en las disposiciones legales, para transmitírsela a los profesores del grupo de clase en la próxima sesión de evaluación.      

  

Referencia legislativa:

 

BOCM miércoles 16 julio 2008.

RD 1467/2007       

732/1995 art. 44.2

 

Análisis del caso:

 

1.      ¿Qué se precisa para disfrutar del derecho a la evaluación continua? ¿Qué motiva la pérdida de tal derecho? Y, ¿dónde se contempla?

 

Se calcula de la siguiente manera: nº de semanas total del curso (32) por nº de horas semanales por % de avisos, entre (÷) 100.

Según 732/1995 art 44.2:

Con el 15% o más perderá el derecho a la evaluación continua.

 

2.      El proceso de evaluación, ¿sólo incluye la evaluación continua? En todo caso, ¿cómo se resuelve este supuesto?

No.

El Departamento de Administración:

-          Se realizarán las pruebas necesarias para comprobar si dicho alumno posee las capacidades correspondientes al periodo de evaluación continua.

-          Estas pruebas se desarrollarán en las programaciones.

 

3.      ¿Puede este alumno presentar algún tipo de exención a determinadas materias? En caso afirmativo, ¿quién la autoriza?

 

BOCM 16 – julio- 2008

 

-          “Los ACNEEs podrán, previa autorización de la dirección de la Dirección de Área Territorial cursar las materias de cada uno de los cursos de Bachillerato fragmentándolo en bloques anuales, con una permanencia máxima en la etapa en régimen escolarizado diurno de 6 años. Los directores tramitarán la solicitud de fragmentación acompañada de evaluación psicopedagógica, un informe del equipo educativo, coordinado con el tutor, con la organización de las materias”.

 

-          “Para alumnos con problemas de audición, visión o motricidad podrán acordarse por la Dirección General de Educación Secundaria la exención parcial en determinadas materias del Bachillerato. Los directores de los centros tramitarán la solicitud de exención parcial acompañado de una evaluación psicopedagógica. La exención parcial se hará constar en los documentos de evaluación del alumno y se adjuntarán al expediente académico”.

 

Dictamen del caso:

 

Un alumno pierde el derecho a la evaluación continua a partir del 15% de faltas de asistencia.

 

A parte de la evaluación continua se contemplan todas aquellas evaluaciones que aparezcan en las programaciones.

 

Los únicos alumnos que están exentos de evaluación de determinadas materias serán aquellos con necesidades educativas especiales, pudiendo hacerse en Bachillerato la fragmentación de un curso en dos.

 

CASO Nº 7

 

El profesor tutor de un grupo de alumnos tiene que dar información a los padres de los alumnos de su grupo clase, en una reunión conjunta, respecto a la evaluación de los aprendizajes. Algunos padres le presentan las siguientes cuestiones:

 

1.      La evaluación de los aprendizajes en la Educación Secundaria es sobre una apreciación global del progreso del alumno, pudiendo éste promocionar aún con algunas áreas deficientes. ¿Sucede lo mismo en el Bachillerato?

2.      Si se van a dar las notas por asignaturas, ¿con cuántas suspensas se pasa de     curso? ¿Qué pasa con los suspensos en el último curso? ¿Tienen que repetir todo el curso?

 

ORDEN 3347/2008, de 4 de julio, de la Consejería de Educación, por la que se regula la organización académica de las enseñanzas del Bachillerato derivado de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

 

Artículo 10. Promoción y permanencia.

 

1. “Al finalizar el primer curso, y como consecuencia del proceso de la evaluación, el profesorado de cada alumno adoptará las decisiones correspondientes sobre su promoción al segundo curso.

 

2. Se promocionará al segundo curso cuando se hayan superado todas las materias cursadas o se tenga evaluación negativa en dos materias como máximo. Quienes promocionen al segundo curso sin haber superado todas las materias deberán matricularse de las materias pendientes del curso anterior.

 

3. El alumnado que no promocione a segundo curso deberá permanecer un año más en primero. Deberá cursar de nuevo este curso en su totalidad si el número de materias con evaluación negativa es superior a cuatro.

 

4. De acuerdo con lo establecido en el artículo 15 de la Orden ECI/1729/2008, de 11 de junio, quienes no promocionen a segundo curso y tengan evaluación negativa en tres o cuatro materias podrán optar por repetir el curso en su totalidad o por matricularse de las materias de primero con evaluación negativa y ampliar dicha matrícula con dos o tres materias de segundo, de modo que el número total de materias no sea superior a seis.

En todo caso estas materias de segundo no podrán requerir conocimientos incluidos en materias de primer curso no superadas.

La matrícula en estas materias de segundo tendrá carácter condicionado, siendo preciso estar en condiciones de promocionar a segundo dentro del curso escolar para que dichas materias puedan ser calificadas. El alumnado menor de edad deberá contar con la autorización de sus padres o tutores para este régimen singular de escolarización.

 

5. El alumnado que al término del segundo curso tuviera evaluación negativa en algunas materias podrá matricularse de ellas sin necesidad de cursar de nuevo las materias superadas”.

 

3.      En la evaluación, ¿se van a calificar sólo los aprendizajes memorísticos o se va a dar importancia a la forma de hacer, a la motivación y a las actitudes que tengan los chicos?

 

 La evaluación del aprendizaje será continua y diferenciada según las distintas materias y se llevará a cabo teniendo en cuenta los diferentes elementos del currículo.

El profesor de cada materia decidirá, al término del curso, si el alumno o alumna ha superado los objetivos de la misma, tomando como referente fundamental los criterios de evaluación.

 

4.      ¿Se les va a ayudar a los chicos que tienen alguna asignatura pendiente del curso anterior? ¿Quién les va a dar el apoyo que necesitan?¿Con qué estrategias?

 

Orden de 12 noviembre 1992

 

-          Atendidos por los departamentos correspondientes, deciden los criterios y procedimientos de evaluación.

-          Si lo permite la disponibilidad horaria del profesor, jefatura puede asignar un tutor de estos alumnos.

Funciones:

< Recabar información sobre los distintos departamentos.

< Coordinar convocatoria de pruebas.

< Dirigir la sesión de evaluación de estos alumnos y hacer su seguimiento.

-          Las materias pendientes de 1º serán evaluados antes del 15 de mayo.

 

 

5.      En la Educación secundaria no hay exámenes extraordinarios de septiembre, ¿sucede igual en el bachillerato? 

 

No. El alumnado podrá realizar una prueba extraordinaria de las materias no superadas, en las fechas que determinen las administraciones educativas.

 

Dictamen del caso:

Un alumno promociona a 2º curso de bachillerato con un máximo de dos materias suspensas y deberán matricularse también de estas materias en el curso siguiente.

En el caso de no promocionar, el alumnado podrá repetir con todas las asignaturas o matricularse de las materias pendientes y ampliar matrícula con algunas asignaturas de 2º curso.

A diferencia de la ESO, en Bachillerato se aplican exámenes en septiembre en las fechas que determinen las administraciones educativas.

CASO Nº 9

 

            El equipo promotor (Comisión de coordinación pedagógica) presenta un Plan de Evaluación del Centro, referido a la evaluación del proceso de enseñanza y del Proyecto Curricular, para la última semana del mes de junio.

 

            Un grupo de profesores se muestra disconforme con tal propuesta aduciendo que no está incluida en la programación General Anual.

 

            Análisis del caso:

 

1.      ¿Está en lo cierto este grupo de profesores?

 

No, porque la evaluación surge como una necesidad de la Administración Educativa, ya que, a raíz de la promulgación de la LOGSE, la evaluación de los centros es prescriptiva y fundamental a la hora de generar la mejora constante de la calidad de la enseñanza.

El Proyecto Curricular tendrá que someterse a una revisión periódica y nunca podrá considerarse acabado y perfecto, sino que evolucionará al paso que la escuela se irá renovando constantemente.

El mismo proceso de elaboración del PCC comportará un trabajo sistemático y coordinado del equipo directivo y de los equipos de profesores, que irán profundizando y completando los diferentes apartados y aspectos del Proyecto.

La información que se necesita está relacionada con los resultados de la evaluación final del proceso de aprendizaje de los alumnos, por lo que se podría hacer para la última semana de junio.

 

En el marco de la autonomía que reconoce la Ley, cada centro es responsable del propio Proyecto Curricular, que puede consistir en el establecimiento y/o modificación de los objetivos generales de etapa, en la determinación de los objetivos generales y los contenidos de enseñanza de las distintas áreas, en la concreción de las opciones metodológicas y de criterios de evaluación, etc. Así podrá responder adecuadamente a las necesidades de acuerdo con las características del centro (autonomía de los centros).

 

2.      ¿Cuál es la normativa aplicable?

 

En la LODE (1985), en los artículos 15 y 25, de forma discreta se plantea la autonomía de los centros educativos. La LOGSE (1990), contempla la autonomía del centro escolar en los artículos 57 y 58. La LOCE, en 2002, en el Título de los Centros Docentes, en su capítulo I de los Principios Generales, dedicaba los artículos del 67 al 70 a la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión económica.

 

La LOE (2006) dedica el Título a la Participación, Autonomía y Gobierno de los Centros, y en concreto el capítulo II a la Autonomía de los Centros, del artículo 120 al 125. En sus disposiciones generales, artículo 120.1, se precisa:

 

-          “Los centros dispondrán de autonomía pedagógica, de organización y de gestión en el marco de la legislación vigente y en los términos recogidos en la presente Ley y en las normas que la desarrollen. 

-          Los centros docentes dispondrán de autonomía para elaborar, aprobar y ejecutar un proyecto de gestión así como normas de organización y funcionamiento del centro.

-          Las Administraciones educativas favorecerán la autonomía de los centros de la forma que sus recursos económicos, materiales y humanos puedan adecuarse a los planes de trabajo y organización que elaboren, una vez que sean convenientemente evaluados y valorados.

-          Los centros, en el ejercicio de su autonomía, pueden adoptar experimentaciones, planes de trabajo…”

 

3.      El Plan que se presenta, ¿comporta una evaluación interna o externa?

 

Siendo aplicada desde el propio profesorado es interna.

Si mencionamos otras vías de evaluación como el Plan EVA, la evaluación es externa, pues es aplicado por la inspección para que sirva de aliciente para impulsar y mantener procesos de autoevaluación de centros docentes.

Por tanto, la respuesta es ambas.

 

4.      Referencias a los elementos que debe contemplar el diseño del Plan de Evaluación del proceso de enseñanza y del proyecto Curricular.

 

En el marco de la autonomía que reconoce la Ley, cada centro es responsable de aspectos importantes del propio Proyecto Curricular, que pueden consistir en el establecimiento y/o modificación de los objetivos generales de etapa, en la determinación de los objetivos generales y los contenidos de enseñanza de las distintas áreas, en la concreción de las opciones metodológicas y de criterios de evaluación, etc. Únicamente así podrá responder adecuadamente a las necesidades educativas de los alumnos de acuerdo con las características del centro.

Los acuerdos referentes a la evaluación adoptados por los equipos de profesores e incluidos en el Proyecto Curricular, que deberán ser objeto de revisión periódica y sistemática, son los siguientes.

§  Primero. Acuerdos sobre la evaluación de los objetivos generales de etapa propios del centro

La redacción de los objetivos generales de etapa ha sido una de las operaciones fundamentales del proceso de elaboración del Proyecto Curricular.

§  Segundo. Acuerdos sobre los criterios de evaluación de las distintas áreas del currículum

El Proyecto Curricular de Centro incluye los criterios de evaluación de cada una de las áreas, estrechamente vinculados con los objetivos generales de etapa y con los contenidos de enseñanza del área correspondiente.

Se trata de revisar los criterios de evaluación de cada una de las áreas a partir de los resultados obtenidos de la evaluación del proceso de aprendizaje.

§  Tercero. Acuerdos sobre la evaluación del proceso de aprendizaje de los alumnos

También se habrán explicitado en el Proyecto Curricular los acuerdos a los que ha llegado el Claustro de profesores respecto al estilo y las modalidades de evaluación, en coherencia con los objetivos establecidos y las opciones metodológicas que se hayan adoptado.

Por tanto, se trata de revisar la forma práctica en que se ha llevado a cabo la evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje y la forma de evaluar el aprendizaje de los contenidos por parte de los alumnos y el sistema de calificación adoptado en el centro.

En este contexto, también convendrá revisar la forma de obtener información sobre el progreso de los alumnos y los criterios que se aplican para seleccionar o diseñar instrumentos de evaluación, pruebas, controles, etc.

§  Cuarto. Acuerdos sobre la aplicación de los criterios de promoción de los alumnos

El Proyecto Curricular incluye también los criterios que regirán la promoción de los alumnos de un ciclo al siguiente (o de un curso al siguiente en el segundo ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria y en el Bachillerato), concretando, si es preciso, los que haya establecido la administración educativa.

§  Quinto. Acuerdos sobre los informes destinados a los alumnos, a sus padres y al centro

Convendrá revisar cómo ha funcionado la “forma de información” y si el equipo directivo y los diferentes equipos docentes la han asumido, evitando todo aquello que pueda significar un problema en los criterios o en la forma práctica de informar a los alumnos, a sus padres y a los órganos de gobierno del centro, sobre los resultados de la evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje.

5.      Estrategias para lograr en este trabajo la motivación del profesorado y alcanzar en la actividad un nivel satisfactorio de eficacia y eficiencia.

 

a) Cursos de divulgación. Son cursos institucionales, rígidos, estandarizados y descontextualizados. Se utilizan ante una nueva exigencia o novedad; sirven de publicidad y de difusión extensiva. Su incidencia en procesos de innovación es mínima por si solos.

 

b) Jornadas y encuentros. Nos referimos a reuniones de profesores organizadas. Se realizan para divulgar experiencias, indicar nuevas tendencias. Suele asistir el profesorado inquieto y puede servir de enganche y profundización.

 

c) Cursos de formación. Son reuniones institucionales más o menos masivas, pero  dirigidas, normalmente, a colectivos seleccionados. Una particularidad de esta modalidad de formación radica en la diversidad de temáticas y colectivos a los que ha de dirigirse.

 

d) Cursos con proyecto de acción. Pueden considerarse concreciones o profundizaciones de 1os anteriores, constituyen cursos de formación genérica con ánimo de especializar (directores, educación especial, educación física, música, etc.), pero hay un esfuerzo por contextualizar, ya que suele haber implicación institucional, selección y compromiso personal.

 

e) Formación autónoma. Es fruto de la inquietud personal, se entiende como exponente de profesionalidad, vocación y voluntariedad. Suele darse en buenos profesionales, tal vez con un exceso de individualidad y protagonismo si se realiza de forma exclusiva.

 

La modalidad conocida como <licencia por estudio> permite una variada gama de posibilidades: realizar otros estudios académicos, otras licenciaturas, tesis doctorales, perfeccionamiento en lenguas extranjeras, prórrogas de estudios, realización de proyectos de investigación, proyectos de formación, etc.

 

Este tipo de formación es considerada más como un derecho por parte de 1os profesores y de 1os agentes sindicales que como una modalidad fomentada desde la Administración.

 

f) Formación en centro sin apoyo externo. Corresponde a grupos pequeños de profesores unidos por criterios afectivos y profesionales que, conjuntamente, se plantean nuevas soluciones a 1os problemas cotidianos normalmente relacionados con la elaboración de materiales y 1os aspectos mis prácticos del trabajo docente.

 

h) Intercambios y estancias formativas. Esta modalidad formativa permite vivir nuevas situaciones profesionales. La experiencia será tanto más rica cuanto mayor sea el nivel de inmersión y la duración del período.

 

Esta modalidad está indicada especialmente para desarrollar competencias específicas, como pueden ser las lingüísticas en el caso de profesores de lenguas extranjeras, o para poner en prácticas proyectos o formas de organización vinculados a la formación tecnológica en ciertas especialidades de Formación Profesional, etc. Este tipo de formación suele estar conectada con programas emanados de la política educativa regulada por la Unión Europea.

 

i) Investigación autónoma en 1os centros. Si se habla realmente de investigación, entendemos que es enfocar el problema con planteamientos científicos. Los responsables de la investigación son 1os propios profesores o el centro.

 

j) Investigación con colaboración y apoyo de entidades educativas. Con características muy similares al apartado anterior. En este caso se cuenta con apoyos formales de instituciones educativas (fundaciones, ICE, universidades, etc.), de forma que las experiencias innovadoras quedan vinculadas a convenios y ayudas oficiales concedidas a través de agencias de investigación.

Dictamen del caso:

 

La evaluación de los centros es prescriptiva para la mejora de la calidad de enseñanza y aprendizaje.

 

Existen diversas estrategias para motivar al profesorado respecto al proceso de enseñanza y aprendizaje, desde cursos de formación, seminarios…

 

CASO Nº 10

Los miembros del Equipo Promotor (Comisión de Coordinación Pedagógica) de este Centro, proponen al Claustro, para su aprobación, el Plan de Evaluación del Proceso de enseñanza y del Proyecto Curricular.

Análisis del caso:

1.-¿Qué elementos del proceso de enseñanza y de la práctica docente se analizarán?

(Art. Vigésimo noveno)

** “La organización y el uso de los recursos del centro.

** Tipo de relaciones entre profesores.

**Carácter de las relaciones entre profesores y alumnos.

**Convivencia entre los alumnos.

** Grado de coordinación entre los órganos y personas responsables en el centro: Equipo Directivo, Claustro, CCP, Departamentos y Tutores.

** Regularidad y calidad de la relación entre profesores y padres”.

2. ¿Qué elementos del Proyecto Curricular se analizarán?

(Art. Trigésimo)

** “Adecuación de los objetivos a las necesidades y características de los alumnos.

** Selección, distribución y secuenciación de los objetivos y contenidos por ciclos.

** Idoneidad de la metodología y materiales empleados.

** Validez de criterios de evaluación y promoción.

** Actividades de orientación educativa y profesional.

** Adecuación de la oferta de optativas a las necesidades de los alumnos.

** Efectividad de los programas de diversificación curricular.

** Validez de los criterios aplicados en las adaptaciones del currículo para los alumnos con necesidades educativas especiales (acnees)”.

3. ¿Qué instrumentos serían los adecuados?

(Art. Trigésimo primero).

**” Informes del SITE.

** Aportaciones de cada uno de los departamentos.

** Opiniones de los órganos colegiados.

** Valoraciones formuladas por los tutores: (cuestionarios, diarios de clase, memoria, debates…)”

4. ¿Cuál es el calendario oportuno para este trabajo?

-Al principio y al final de curso

-En cada trimestre

-Siempre que se detecte alguna deficiencia.

5. ¿Qué normativa avala esta propuesta del Equipo Promotor?.

 

Normativa: OM 25707 de 12 de noviembre de 1.992 sobre Evaluación de la Educación Secundaria Obligatoria (BOE del 20)

Apartado VII

 Los profesores deben de evaluar:

a. “Los procesos de enseñanza y su propia práctica docente en relación a los objetivos del currículo.

b. El Proyecto Curricular, la programación didáctica y el desarrollo real del currículo en relación con su adecuación a las necesidades educativas del centro como a las características de los alumnos”.

 La CCP es la responsable de proponer al Claustro el Plan de Evaluación de ambos sectores (Art. Vigésimo octavo)

Ya que por ley está así establecido la propuesta del caso nº 10 es correcta y se debería llevar a cabo la aprobación por parte del Claustro del Plan de Evaluación del Proceso de enseñanza y del Proyecto Curricular presentado por el Equipo Promotor

CASO Nº 11

 

            En la sesión final de evaluación del primer ciclo de la ESO de este centro, el profesor tutor del grupo C sostiene que, el equipo de profesores de la Junta de Evaluación puede modificar al alza la calificación de Educación Física y Educación Plástica y Visual, aduciendo razones de estadística para las actas. Los profesores de estas dos áreas se niegan.

 

            Análisis del caso:

 

1.      ¿Qué es una sesión de evaluación de la Educación Secundaria Obligatoria?

 

“Las sesiones de evaluación, dentro de los procesos de enseñanza aprendizaje, son las reuniones que celebra el conjunto de los profesores del respectivo grupo de alumnos, coordinados por el profesor tutor, para valorar tanto el aprendizaje de los alumnos en relación con el logro de los objetivos educativos del currículo, como el desarrollo de su práctica docente.

Para cada grupo de alumnos se realizarán, al menos, tres sesiones de evaluación a lo largo del curso, sin perjuicio de lo que se establezca en los respectivos proyectos curriculares.

El profesor tutor de cada grupo levantará acta del desarrollo de las sesiones, en las que se harán constar los acuerdos alcanzados y las decisiones adoptadas. La valoración de los resultados derivados de estos acuerdos y decisiones constituirá el punto de partida de la siguiente sesión de evaluación.

En las sesiones de evaluación se acordará también la información que sobre el resultado del proceso de aprendizaje seguido y las actividades realizadas, se transmite a cada alumno y a sus padres o tutores. Dicha información versará sobre los aspectos que suponen un avance respecto al punto de partida, procurando no establecer comparaciones con los logros de los demás compañeros y sobre el modo de superar las dificultades detectadas.

Dentro del proceso de evaluación cuando el progreso de un alumno no responda a los objetivos programados, los profesores adoptarán las oportunas medidas de refuerzo educativo y, en su caso, de adaptación curricular.

En el contexto del proceso de evaluación continua, la valoración positiva del rendimiento del alumno en una sesión de evaluación significará que el alumno ha alcanzado los objetivos programados y superado todas las dificultades mostradas anteriormente. 

En la última sesión de evaluación, al término del primer ciclo, y de cada uno de los cursos del segundo ciclo, como consecuencia del proceso de evaluación, se decidirá acerca de la promoción al ciclo o curso siguiente, las calificaciones obtenidas en las distintas áreas y materias optativas, así como el contenido de los informes de evaluación final de cada alumno”.

2.      ¿Dónde se encuentra la normativa que la regula?

 

ORDEN 1029/2008, de 29 de febrero, de la Consejería de Educación, por la que se regulan para la Comunidad de Madrid la evaluación en la Educación Secundaria Obligatoria y los documentos de aplicación.

 

3.      ¿Qué se entiende por el carácter integrador de la evaluación en la ESO?

Carácter de la evaluación

l.          La evaluación del aprendizaje de los alumnos será continua e integradora, aunque diferenciada según las distintas áreas o materias. Continua en cuanto que está inmersa en el proceso de enseñanza aprendizaje del alumno con el fin de detectar las dificultades en el momento en que se producen, averiguar sus causas y, en consecuencia, adaptar las actividades de enseñanza aprendizaje.

2.         El carácter integrador de la evaluación en la Educación Secundaria Obligatoria exige tener en cuenta las capacidades generales establecidas para la etapa, a través de los objetivos de las distintas áreas y materias.

4.      ¿Qué se entiende por actuación colegiada en la evaluación?

“La evaluación será realizada por el conjunto de Profesores del respectivo grupo de alumnos, coordinados por el Profesor tutor del grupo, y asesorados por el Departamento de Orientación del Centro. Dichos Profesores actuarán de manera colegiada a lo largo del proceso de evaluación y en la adopción de las decisiones resultantes del proceso.

La toma de decisiones en el proceso de evaluación se realizará en la forma que determinen los respectivos Proyectos Curriculares de los Centros”.

5.      ¿Qué estrategias tiene que adoptar el profesor tutor como coordinador de la sesiones de evaluación de su grupo clase?

EN LAS SESIONES DE EVALUACIÓN: 

1.- El tutor hace entrega de calificaciones del grupo al profesorado (fotocopias de la sábana, estadísticas...) y ofrece una breve síntesis de la evolución general del grupo, síntesis que extrae de los informes previos que le han dado los profesores (máximo 5 min.). Si se trata de la segunda evaluación, puede incluirse en este momento el comentario de la evolución de los resultados, para lo cual pueden ser útiles dos tablas que aparecen en la sábana de calificaciones.

2.- A continuación, se abordan los casos particulares más reseñables, por el motivo que sea. Conviene, en cada caso, describir el o los problemas y añadir unas posibles soluciones o, por lo menos, medidas que se vayan a adoptar por parte del equipo docente (o que se sugieran, en su caso, al equipo directivo).

3.- Si es el grupo en general el que resulta problemático, será interesante también proponer medidas o soluciones colectivas y adoptar el compromiso de llevarlas a cabo. De todas estas medidas, tanto individuales como grupales, conviene dejar constancia escrita en el acta-informe de la evaluación. Nos interesa resaltar estos puntos, ya que de estas medidas puede surgir una mejora en la marcha del alumno y del grupo.

4.- Es conveniente hablar al menos unos segundos de todos y cada uno de los alumnos del grupo: aunque sólo sea para decir que van bien. Para ello, después de abordar los casos particulares más reseñables, puede irse comentando el resto de alumnos por orden de lista.

5.- En la segunda evaluación puede ser útil empezar a plantear posibles orientaciones para el alumnado, sobre todo a partir de 2º de ESO: qué alumnos pueden ser candidatos a repetir. 

6.- Se puede dedicar un tiempo, si se quiere y se dispone de él, a otros temas relativos al grupo: limpieza, puntualidad, relaciones entre los alumnos y con el profesorado..., así como al grado de cumplimiento de los programas en cada asignatura.

7.- Recordamos que, si se ha efectuado una adaptación curricular o un refuerzo, es necesario que consten los objetivos y contenidos abordados al menos a final de curso, y si es posible trimestralmente.

  • Para comentar las calificaciones de las capacidades (en ESO) y de los hábitos de trabajo (en Bachillerato), conviene que el tutor haya calculado previamente la media de ellas, y la proponga como calificación que aparecerá en el Boletín de notas a la Junta de Evaluación.

8.- En cada sesión de evaluación, si es posible, estará presente un miembro del equipo directivo. 

La sesión debe tener dos partes imprescindibles: el análisis y la toma de decisiones. Las pautas a seguir serían las siguientes:

-          Informe del tutor o tutora sobre ciertos aspectos interesantes: opinión del grupo-clase, entrevistas realizadas, compromisos pedagógicos, y novedades surgidas con respecto a la problemática individual o grupal de los alumnos.

-          Informe del orientador u orientadora sobre necesidades educativas especiales.

-          Informe del profesor o profesora de Pedagogía Terapéutica.

-          Informe de los profesores sobre las dificultades de los alumnos en materia de disciplina y académicas.

-          Toma de decisiones.

Una vez que se hayan tocado todos los puntos anteriores, se puede hablar de los alumnos de los cuáles no se ha hablado a lo largo de la sesión, para que ningún alumno quede relegado.

6.      Dictamen sobre el caso.

En la última sesión de evaluación, al término del primer ciclo, y de cada uno de los cursos del segundo ciclo, como consecuencia del proceso de evaluación, se decidirá acerca de la promoción al ciclo o curso siguiente, las calificaciones obtenidas en las distintas áreas y materias optativas, así como el contenido de los informes de evaluación final de cada alumno.

La evaluación del aprendizaje de los alumnos será diferenciada según las distintas áreas o materias, por lo que los profesores de Educación Física y Educación Plástica y Visual podrán negarse a que se modifiquen sus evaluaciones.

CASO Nº 12

El Departamento de Orientación del Centro desea ofrecer a los alumnos y a sus familias una guía orientadora sobre los criterios de evaluación mínimos exigibles por los profesores de las distintas áreas y niveles para obtener una valoración positiva. Algunos profesores se niegan, aduciendo que ellos realizan la evaluación sobre máximos individuales, en atención específica a la diversidad del alumnado.

Análisis del caso:

1. ¿Existe alguna normativa al respecto?

No existe ninguna normativa que hable criterios de evaluación mínimos ni máximos.

Los criterios de evaluación los establece cada profesor.

De lo que sí habla la ley es de contenidos mínimo y en ese sentido recogemos lo que dice la la Orden ECI/2220/2007, de 12 de julio, por la que se establece el currículo y se regula la ordenación de la Educación secundaria, estipula los principios que se deberán tener en cuenta en la evaluación, promoción y titulación de los alumnos.

Artículo 12. La objetividad de la evaluación.

1. “La evaluación continua es un instrumento que asegura la objetividad en la evaluación del rendimiento educativo del alumnado. A ello contribuyen de manera especial la participación conjunta de todo el profesorado del grupo y la colaboración, en su caso, del Departamento de orientación. La aplicación del proceso de evaluación continua del alumnado requiere su asistencia regular a las clases y actividades programadas para las distintas materias que constituyen el plan de estudios.

2. Con el fin de garantizar el derecho del alumnado a que su rendimiento escolar sea valorado conforme a criterios de plena objetividad, deberán hacerse públicos los criterios generales que se hayan aplicado para la evaluación de los aprendizajes, promoción y titulación. Los departamentos didácticos o los responsables de los centros privados, informarán al comienzo del periodo lectivo sobre los contenidos mínimos exigibles para la superación de las diferentes materias de él dependientes, los procedimientos de recuperación y de apoyo previstos y los procedimientos y criterios de evaluación aplicables.

3. Los tutores y los profesores de las distintas materias y ámbitos mantendrán una comunicación fluida, en lo relativo al proceso de aprendizaje, con los alumnos y sus padres o tutores legales. Además, los centros deberán señalar el procedimiento mediante el cual el alumnado y sus padres o tutores legales podrán solicitar aclaraciones de sus profesores y tutores acerca de las informaciones que sobre su proceso de aprendizaje reciban y, en su caso, podrán formular las oportunas reclamaciones sobre las calificaciones finales, de acuerdo con lo que disponga la normativa vigente al respecto”.

2. ¿Hay algún procedimiento para realizar la evaluación de los alumnos que sigan programas individualizados de diversificación curricular? ¿Tiene relación con el caso propuesto?

La normativa respecto a la evaluación de los programas de diversificación viene recogida en REAL DECRETO 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria.

Artículo 13. Programas de diversificación curricular.

1. “En el marco que establezcan las administraciones educativas los centros podrán organizar programas de diversificación curricular para el alumnado que, tras la oportuna evaluación, precise de una organización de los contenidos, actividades prácticas y materias del currículo diferente a la establecida con carácter general y de una metodología específica para alcanzar los objetivos y competencias básicas de la etapa y el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

2. Podrán participar en estos programas los alumnos y las alumnas desde tercer curso de Educación secundaria obligatoria. Asimismo, podrán hacerlo quienes, una vez cursado segundo, no estén en condiciones de promocionar a tercero y hayan repetido ya una vez en la etapa. En todo caso su incorporación requerirá la evaluación tanto académica como psicopedagógica y la intervención de la Administración educativa, en los términos que ésta establezca, y se realizará una vez oído el propio alumno y su familia.

3. Las administraciones educativas establecerán el currículo de estos programas en el que se incluirán dos ámbitos específicos, uno de ellos con elementos formativos de carácter lingüístico y social, y otro con elementos formativos de carácter científico-tecnológico y, al menos, tres materias de las establecidas para la etapa no contempladas en los ámbitos anteriores, que el alumnado cursará preferentemente en un grupo ordinario. Se podrá establecer además un ámbito de carácter práctico.

4. Cada programa de diversificación curricular deberá especificar la metodología, contenidos y criterios de evaluación que garanticen el logro de las competencias básicas, en el marco de lo establecido por las administraciones educativas.

5. La evaluación del alumnado que curse un programa de diversificación curricular tendrá como referente fundamental las competencias básicas y los objetivos de la Educación secundaria obligatoria, así como los criterios de evaluación específicos del programa.

6. El alumnado que al finalizar el programa no esté en condiciones de obtener el titulo de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y cumpla los requisitos de edad establecidos en el artículo 1.1, podrá permanecer un año más en el programa”.

Por lo tanto y en base al apartado 4 y 5 citados cada programa de diversificación curricular deberá especificar los criterios de evaluación que garanticen el logro de las competencias básicas, en el marco de lo establecido por las administraciones educativas.

Y además tendrá como referente las competencias básicas, los objetivos de secundaria, pudiendo establecer los criterios de evaluación específicos de cada programa. Y por tanto el procedimiento a seguir sería similar al del resto de los alumnos de Secundaria.

No tendría relación con el caso propuesto, ya que una cosa son los programas de diversificación y otra muy distinta es la diversidad del alumnado en las aulas ordinarias.

3. ¿Con qué criterio hace el Departamento de Orientación esa solicitud?

Tal y como hemos visto en el articulo 12 mencionado, el Departamento de Orientación contribuirá a la objetivación de la evaluación del rendimiento educativo. En ese mismo artículo se recoge la obligación de mantener una  comunicación fluida, en lo relativo al proceso de aprendizaje, con los alumnos y sus padres o tutores legales.

Por lo tanto en este sentido se podría elaborar una guía sobre los criterios de evaluación que se utilizarán pero en ningún caso se recogerían como criterio mínimos ya que legalmente no existen.

4. La negativa de ese grupo de profesores ¿puede estar basada en algún criterio asumible en el Proyecto Curricular?, ¿su decisión pudiera corresponderse con el mismo?

No

5. Dictamen sobre el caso.

No es posible esta situación en la realidad por los motivos legales anteriormente expuestos.

 

 

 

 

AMBITOS DEL DESARROLLO PERSONAL

Podemos  empezar diciendo  que  el propósito de la educación es posibilitar y facilitar a los niños/as el mayor grado de desarrollo de la autonomía, que sus capacidades les permitan, para desenvolverse en su entorno con el mínimo de ayudas.

Para lograr esto se establecen toda una serie de objetivos y contenidos secuenciados por ciclos  y que se adjuntan a los diseños curriculares de las distintas áreas de conocimiento. Por otro lado decir, que hasta el desarrollo de la LOE,  se hacía hincapié en el desarrollo de capacidades y que Antúnez (1992), recogió en cinco categorías:

*      -Desarrollo intelectual: hace referencia a  las capacidades de razonamiento que implican tareas como comprender, reflexionar, analizar. Ej. cuando un sujeto tenga que recordar un procedimiento, distinguir una situación o valorar la eficacia de una estrategia.

*      -Desarrollo motor: Se refiere a las capacidades de carácter bioenergetico, relacionadas directamente con la producción de actividad física. Ej. Un desplazamiento que el individuo debe realizar en el menor tiempo posible.

*      -Equilibrio personal: Hablamos en este caso sobre la relación psicoafectiva que el individuo mantiene consigo mismo. Ej. Cuando se le pide al alumno/a que sea capaz de sobreponerse a su propio cansancio.

*      -Relación interpersonal: Se caracteriza por dirigirse al conjunto de relaciones que se establecen con personas del entorno inmediato y con las que se establece una relación más personalizada. Ej. Cuando se le pide en un trabajo en equipo que se pongan de acuerdo para decidir sobre una cosa concreta, y el alumno/a en cuestión forman parte de este equipo.

*      -Inserción y actuación social: Está vinculada con las relaciones con otras personas, pero en este caso referidas más a la relación con “otros” en grupos sociales organizados. Recoge aquellos aspectos de tipo normativo y ético con respecto a los grupos con los que se relaciona.

El debate sobre el currículo es el debate político por excelencia, tal y como hemos comentado en las clases de Evaluación del Rendimiento Escolar, pues el currículo es lo que configura la formación de los ciudadanos de un país, sus competencias, su capacidad crítica para ver el mundo, así como su capacidad para transformar la sociedad y adaptarse a los cambios.

 

Uno de los cambios en la enseñanza que se ha producido es a través de la LOE. Donde antes hablábamos de “capacidades”, ahora hablamos de “competencias”. Veamos como trata la nueva Ley el ámbito de desarrollo personal de los futuros trabajadores del país.

                                                                                                               

La principal novedad de la nueva legislación (LOE) es que SE HAN SELECCIONADO OCHO COMPETENCIAS BÁSICAS que deberán adquirir todos los alumnos, y que han sido seleccionadas como la base sobre la que construyen  los aprendizajes y el lugar  donde convergen todas las áreas y materias del currículo.

 

Para identificar las competencias básicas que deben incluirse en el currículo español se ha partido de las propuestas realizadas por la Unión Europea, aunque tratando de adaptarlas a las características del sistema educativo español. De acuerdo con esas consideraciones se han identificado las ocho competencias básicas siguientes:

 

*      Competencia en comunicación/ Competencia en comunicación en lengua castellana, en su caso en lengua cooficial y en lengua extranjera.

*      Competencia matemática

*      Competencia en el conocimiento y la interacción con el mundo natural

*      Tratamiento de la información y competencia digital

*      Competencia social y ciudadana

*      Competencia artística y cultural

*      Competencia para aprender a aprender

*      Iniciativa y espíritu emprendedor

 

Previamente, es necesario recordar que la adquisición de las competencias básicas no es exclusiva de un área de conocimiento determinada sino que afecta al aprendizaje en general y al desarrollo personal y social, por lo que puede trabajarse en todas las áreas.

Algunos autores las agrupan en  tres grandes ámbitos:

v   Ámbito de la expresión y la comunicación: Competencia en comunicación lingüística, competencia matemática, competencia cultural y artística y competencia en el tratamiento de la información y competencia digital.

v   Ámbito de la relación y la interacción: Competencia en el conocimiento y la interacción con el mundo físico y competencia social y ciudadana.

v   Ámbito del desarrollo personal: Competencia para aprender a aprender y competencia en la iniciativa personal y espíritu emprendedor.

 

Y es en este último ámbito en el que nos vamos a centrar:

 

AMBITO DEL DESARROLLO PERSONAL

Se incluyen en este ámbito las competencias cuya adquisición redunda en una mejora personal que, a su vez, tiene repercusión positiva en la sociedad.

Existe una relación de proporcionalidad directa entre el grado de desarrollo del resto de competencias y el de las referidas al ámbito personal. En la medida en que se ejercitan aquellas, se verán beneficiadas éstas y viceversa.

 

COMPETENCIA EN APRENDER A APRENDER

  

Aprender a aprender supone iniciarse en el aprendizaje y ser capaz de continuarlo de manera autónoma, poder desenvolverse en la incertidumbres aplicando la lógica del conocimiento racional, admitir la diversidad de respuestas posibles ante un mismo problema y encontrar motivación para buscarlas desde distintos enfoques metodológicos.

Requiere ser consciente de lo que se sabe y de lo que queda por aprender, de cómo se aprende y de cómo se gestionan eficazmente los procesos autoaprendizaje, con el fin de adquirir seguridad y motivación ante nuevos retos.

Su adquisición implica dos dimensiones fundamentales: la toma de conciencia de las propias capacidades intelectuales y sus posibilidades de desarrollo y la motivación para aprender desde la auto confianza en el éxito del propio aprendizaje.

 

 Finalidades

La adquisición de esta competencia supone una mejora en la capacidad de enfrentarse con éxito al aprendizaje autónomo, sabiendo que es indispensable para un mejor desarrollo de las capacidades individuales.

Supone también tomar conciencia de que el aprendizaje tiene un coste asumible; es fuente de competencia personal y si se plantean metas alcanzables y a corto plazo, será más fácil cumplirlas.

El proceso de aprender a aprender afecta, no sólo a la disciplina objeto del aprendizaje, sino al desarrollo del pensamiento, al propio proceso de autoaprendizaje y conduce a una progresiva madurez personal.

 Conocimientos, destrezas y actitudes esenciales relacionadas con esta competencia.

 

Conocimientos

Los conocimientos necesarios incluyen todos aquellos que enseñan a aprender de manera eficaz, tales como el conocimiento de sí mismo, la conciencia de lo que se sabe o no se sabe y de las propias capacidades junto con el dominio de las estrategias que favorecen su desarrollo y facilitan el aprendizaje (atención, concentración, técnicas de estudio, resolución de problemas, etc.)

Son conocimientos imprescindibles también los contenidos fundamentales de todas las áreas del currículo, en especial de las instrumentales y de las tecnologías de la información y de la comunicación.

 

Destrezas

Las destrezas incluyen: La exploración de objetos y situaciones; la de relacionar las estimaciones con otros datos, con la propia experiencia y con conocimientos anteriores; la planificación y organización autónomas de actividades y tiempos, así como asimilar e integrar los aprendizajes de forma personalizada y habilidades para comunicar y poner en común lo aprendido.

 

Actitudes

En este ámbito son importantes la participación activa en el propio aprendizaje y una actitud positiva que conduzcan al sentimiento de competencia personal y a una progresiva autonomía.

Para ello se necesita responsabilidad y compromiso personal, curiosidad para hacerse preguntas que generen nuevos aprendizajes así como perseverancia, saber administrar el esfuerzo, aceptar los errores y aprender “de” y “con” los demás.

INICIATIVA Y ESPÍRITU EMPRENDEDOR

Esta competencia la podemos definir como la capacidad de transformar las ideas en actos. Ell espíritu emprendedor requerirá habilidades para proponerse objetivos, planificar y gestionar proyectos con el fin de conseguir un éxito deseable.

Se requieren además habilidades de adaptación a los cambios sociales y económicos con una visión positiva de las posibilidades que ofrecen y de las propias capacidades para poder optar y decidir con voluntad de asumir las propias responsabilidades.

La adquisición de esta competencia comporta el desarrollo de una serie de aspectos que se relacionan entre sí: Llegar a poseer una serie de cualidades y habilidades personales, sociales y de dirección o liderazgo.

 

 Finalidad

La adquisición de esta competencia es fundamental para el desarrollo de aptitudes necesarias para afrontar múltiples aspectos de la vida personal, profesional, social y económica y actitudes que contribuyan a conseguir la efectiva igualdad de oportunidades y la cohesión social.

Asimismo, busca la mejora en la capacidad de idear, definir y afrontar proyectos y la adaptación a los cambios que presenta la sociedad actual. Debe ser una fuente de motivación para el desarrollo académico y personal.

 Esta cultura “emprendedora” quedará así incorporada al desarrollo de cualidades y habilidades, ayudando a crear un tipo de “emprendedores” mucho más amplio que, con visión de futuro les ayude a ser capaces de aplicar estas habilidades en todos los ámbitos y a plantear iniciativas innovadoras que colaboren en la transformación de la sociedad.

 

Conocimientos, destrezas y actitudes esenciales relacionadas con esta competencia.

 

Conocimientos

 

La adquisición de esta competencia precisa el conocimiento de las propias capacidades y las habilidades personales necesarias para desarrollar un proyecto. Es necesario por tanto, conocer tanto las fases de desarrollo de un proyecto como las características del entorno en el que se va a llevar a cabo.

 

Destrezas

 

Desde la detección de necesidades hasta la evaluación del mismo y la actualización si se considera necesario. Se debe añadir a las anteriores, las asociadas al manejo de diferentes recursos de aprendizaje, al trabajo de forma cooperativa, etc.

Son además aspectos fundamentales, en la adquisición de esta competencia, la capacidad de liderazgo, el uso de las habilidades sociales, la creatividad y el sentido crítico.

 

Actitudes

 

Para conseguir esta competencia, el alumnado debe ejercitar su disposición para mostrar iniciativas propias y asumir valores personales como la honestidad, el espíritu de superación, la perseverancia y la responsabilidad.

Además deben desarrollarse actitudes que favorezcan la cooperación y el trabajo en equipo; saber relacionarse y ponerse en el lugar del otro para comprenderle y valorar sus ideas.

La perseverancia, el espíritu de superación, aprender de los errores o asumir riesgos son actitudes fundamentales para adquirir esta competencia.

 

CONCLUSIÓN Y VALORACIONES PERSONALES

En este trabajo podemos ver  dos enfoques acerca de los ámbitos personales de desarrollo. En la primera parte tratamos los ámbitos de desarrollo en términos de capacidades y que Antunez recogía en diversas categorías: desarrollo intelectual, desarrollo motor, equilibrio personal, relación interpersonal, inserción y actuación social.

En la segunda parte hemos expuesto  como tanto en la normativa europea como en la española, se habla de competencias, y entre las referidas  ámbito de desarrollo persona recogemosl: Competencia para aprender a aprender y competencia en la iniciativa personal y espíritu emprendedor.

Una vez más, detrás de todo  ello hay una intención y es que las instituciones educativas (en cumplimiento de la normativa) tratan orientar su enfoque hacia la práctica y su vía principal es la productividad.

Este enfoque de la educación, aún con los años, no pierde vigencia en la sociedad actual, ya que a menudo se escucha la pregunta que 2.300 años atrás, un joven estudiante de geometría preguntó a Euclides:

 

“¿Qué es lo que ganaré aprendiendo estas cosas?”. El maestro llamó a su esclavo y le dijo:”Dale unas monedas, pues parece que éste debe ganar algo con lo que aprende”

 

Entonces, ante el peligro de que la educación se convierta en una forma de ganarse la vida y deje de ser una experiencia que permita el derecho al conocimiento, necesidad básica del ser humano.¿Qué podemos hacer los docentes? No se trata sólo de aprender a vivir en sociedad sino de cambiarla cuando sea necesario, no se puede responder a un niño/a : no pierdas tiempo aprendiendo estas cosas, no son rentables.¿Hacia dónde nos dirigimos?

Esto significa como ya hemos comentado en diversas clases de Evaluación del Rendimiento Escolar, que el currículo, por su propia naturaleza, no es neutro. Porque detrás de las formulaciones científicas, políticas, sociales, económicas o educativas, existe siempre una cultura y unas intenciones.

 

BIBLIOGRAFIA:

*      -Antúnez, S. y Otros (1992): Del Proyecto educativo a la programación de aula. Barcelona: Grao.
*      -LEY ORGÁNICA 2/2006, DE 3 DE MAYO, DE EDUCACIÓN 
*      -Valle Olsen, Karina. “Valor de uso versus valor de cambio”. 
Revista de la Confederación Estatal de Asociaciones de padres y madres de alumnos. Nº 86, marzo/abril de 2006.

*      http://www.unex.es/eweb/cienciadeporte/congreso/04%20val/pdf/c57.pdf

*      www.edu.xunta.es/ftpserver/portal/Conselleria/CEG/Conclusiones.doc

*      http://adide.org/revista/index.php?Itemid=49&id=216&option=com_content&task=view

Diario de clase 19-II-09

EVALUACIÓN DEL

RENDIMIENTO ESCOLAR

Departamento de Psicopedagogía y Educación Física/

Área MIDE

Actividades académicas dirigidas sin profesor

Instrumentos diagnósticos.     DIARIO DE CLASE

 

Sesión Nº 2

Actividad: “Ley de Instrucción Primaria”, O.M. 16-11-1970 “Principios y normas generales”, concepto de evaluación.

 

Valoración de la sesión respecto a:

 

Métodos

0

1

2

3

4

5

Recursos didácticos

0

1

2

3

4

5

Material

0

1

2

3

4

5

Participación

0

1

2

3

4

5

 

Descripción de la actividad:

 

Comenzamos la sesión con la propuesta de la Dirección de Área Territorial porque es la más completa para buscar y hacernos con lo referente a la evaluación en las distintas leyes, pues emplearemos la legislación en la asignatura. También nos indica Elías que tenemos que crear dos carpetas en las que guardar dicha normativa, agrupándola en Estado y Capital, y tener ambas actualizadas.

 

Elías nos muestra unas diapositivas de la Ley de Instrucción Primaria de 1838 referida a la evaluación continua. Dentro de ésta leemos parte de su articulado, como el artículo 64 que versa sobre la evaluación. Estos materiales estarán disponibles en la página.

 

También nos enseña la Orden Ministerial de 16-11-1970 “Principios y Normas Generales”, escritos por Villar Palasí. José Luis Villar Palasí (Valencia, 1922-) fue Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas y Ministro de Educación en el gobierno de Franco desde el 18 de abril de 1968 al 11 de junio de 1973. Impulsó la Ley 14/1970, de 4 de agosto, que supuso un importante esfuerzo de modernización del sistema educativo, entre los que destacan la enseñanza primaria obligatoria hasta los 14 años (E.G.B.) y la Universidad Nacional de Educación a Distancia.

Otra figura relevante en nuestro país en lo concerniente en materia educativa lo constituye Mayor Zaragoza. Desempeñó cargos políticos: Subsecretario de Educación y Ciencia del gobierno español 1974-1975 , diputado en el Parlamento de España (1977-1978), Consejero del presidente del gobierno (1977-1978), Ministro de Educación y Ciencia (1981-1982) y diputado en el Parlamento Europeo (1987). En 1978 fue nombrado Director General Adjunto de la Unesco, puesto que desempeñó hasta su regreso a España en 1981. En 1987, la 24ª Conferencia General de la UNESCO lo eligió como Director General, cargo en el que permaneció hasta 1999. Su participación en la UNESCO le permitió ver el atraso en el que estaba España en educación respecto a otros países de Europa.

Elías nos recomendó el libro “Modelos de Enseñanza” elaborado por un matrimonio que investigó estrategias de aprendizaje en todas las materias.

 

Finalmente realizamos una práctica en la que cada uno íbamos poniendo una definición o aproximación al concepto de evaluación, siendo en general entendida como un proceso de planificación y programación. Escribimos nuestras aportaciones en papeles que se pegaron en el armario de clase para que una compañera los agrupase en función del significado otorgado al núcleo de la asignatura.

 

Aportaciones (que facilitan el aprendizaje, la enseñanza, la actividad, etc.)

 

Teóricas:

 

Las anécdotas que se ofrecen en la explicación amenizan la asimilación de los contenidos, así por ejemplo hablamos de la evaluación en los exámenes de recuperación de septiembre, en los que hay calificación numérica cuando debería haber un apto, ya que no es lo mismo aprobar en junio, y llevar al día las asignaturas, que en septiembre que es una recuperación de lo que no se ha logrado durante el curso.

 

Elías nos contó una anécdota de su época de director en un IES en el que se produjo una confrontación de opiniones entre una alumna y un profesor de matemáticas, que en un examen de recuperación no quiso evaluar a dicha alumna que se presentaba al mismo examen a subir la nota pues la necesitaba para estudiar medicina. De ello reflexionamos sobre el concepto de suficiente y lo relativa que es connotación, pues no se limita al 5, como muestra el ejemplo. Así también decir que no puede ser el mismo examen para quienes quieran subir nota respecto a los que van a recuperar.

 

También reflexionamos sobre la importancia que tiene el aprendizaje memorístico pues es la base sobre la que se sostienen aprendizajes posteriores, pues permite establecer relaciones y crear una red de conocimientos.

 

Prácticas:

 

Vuelvo a mencionar la actividad sobre el concepto de evaluación, descrita anteriormente, para sacar las ideas previas de este concepto que será objetivo de la asignatura.

 

También tratamos de interpretar un gráfico en 3D, dibujado por Elías en la pizarra sobre los resultados obtenidos en la evaluación de cinco alumnos en cuatro pruebas distintas y priorizando la percepción del grupo más que a los casos particulares que se dibujaron. En la sesión siguiente se muestra en diapositiva y también se comenta.

 

Enumerar, al menos, dos aspectos interesantes que se hayan trabajado en la sesión:

 

1. Los artículos de distintas leyes, planes (1945 y 1968) y resoluciones (4 de julio de 1975). Todos desarrollan lo referido a la evaluación, por lo que fue muy interesante como fundamento a la asignatura y a la herencia legislativa de la que hoy disponemos.

2. Los ejemplos y anécdotas consiguen que la atención se mantenga a lo largo de la clase, además constituyen un nexo entre la teoría y la práctica.

3. La actividad sobre el concepto de evaluación nos permitió que participásemos en la construcción de la teoría y que veremos a lo largo de las diferentes sesiones.

 

Enumerar, si se han dado, aspectos repetidos o superfluos por haber sido tratados en sesiones anteriores o que se creen de escaso valor para alcanzar los objetivos del curso, módulo, apartado, etc.

 

1. Considero que no ha habido ningún aspecto superfluo en lo que se trabajó en la sesión.

 

Aspectos que deben profundizarse:

 

Puesto que nos encontramos en la 2ª sesión de la asignatura y toma de contacto con ella no encuentro, personalmente, que hayan quedado aspectos pendientes de cerrar, pues creo que el objetivo que pretendía Elías en la sesión era ver los conocimientos previos que teníamos sobre el concepto de evaluación y darnos una base legal de leyes derogadas pero que sirven de fundamento a la evaluación que en la actualidad aplicamos.

 

Recomendaciones a los estudiantes:

 

Elías insiste en que nos descarguemos de la DAT-capital todo lo relacionado con la evaluación y que la clasifiquemos en dos carpetas relativas al Estado y a la CCAA.

 

Conclusiones:

 

La evaluación es un proceso complejo y un aspecto fundamental en la enseñanza y aprendizaje. Requiere de una sistematización y una reflexión continua sobre qué, cuándo (pasos), cómo evaluar y con qué medios, así como para qué evaluar, aspectos en los que profundizaremos a lo largo del cuatrimestre.

 

 

Autor del diario:    Esther Rivas Rivero                                                                                 Fecha: 19-II-09

 

 

Karl Pearson

Karl Pearson

Karl Pearson (1857 – 1936)

Datos biográficos

 

Habiéndose graduado en matemática (1879), Pearson estudió y enseñó, por algunos años, tópicos tan diversos como ingeniería, derecho, literatura alemana, filosofía y marxismo, distinguiéndose por su versatilidad intelectual, curiosidad e independencia. Después de una etapa de estudios teóricos sobre mecánica y elasticidad, se dedicó a investigar el abordaje estadístico de la herencia y la evolución biológicas, enfocando el albinismo, las enfermedades mentales, la tuberculosis, el alcoholismo y la anatomía del hombre y otros primates.

 

Ocupó posiciones académicas, en Londres, en el King´s College, el University College y el Gresham College.

 

Debemos a Pearson conceptos clásicos de la estadística matemática, como regresión y correlación, y la aplicación de distribuciones diferentes de la normal. Pero, principalmente, Pearson enriqueció las ciencias biológicas al introducir en ellas el pensamiento estadístico. También, redefinió la propia estadística, como una ciencia abstracta con derecho propio, relacionada con todas las ciencias, más allá de los estudios sociales y actuariales a los cuales estaba restringida.

 

Coeficiente de Pearson

 

Permite predecir el valor de una variable dado un valor determinado de la otra variable. Se trata de valorar la asociación entre dos variables cuantitativas estudiando el método conocido como correlación. Dicho cálculo es el primer paso para determinar la relación entre las variables.

 

Pasos para el cálculo:

 

1.      Hallamos la media aritmética.

2.      Calculamos la covarianza.

3.      Calculamos la desviación típica.

4.      Aplicamos la fórmula del coeficiente de correlación lineal.

 

En resumen, dadas dos variables aleatorias cualesquiera X e Y, una medida de la relación lineal que hay entre ambas variables es el coeficiente de correlación.

En la interpretación del coeficiente de correlación se debe tener en cuenta que:

· r = ±1 indica una relación lineal exacta positiva (creciente) o negativa (decreciente), por ejemplo: como relación lineal positiva se podría afirmar una relación entre las variables edad y altura en una muestra de niños entre 6 y 12 años, de tal forma que a mayor edad mayor altura (+1).

Para una correlación lineal negativa podríamos poner como ejemplo la relación entre la edad (en años) y el precio (en euros) para una muestra de distintas marcas de coches usados, así a menor número de años de un vehículo de 2ª mano, mayor es precio.

· r = 0 indica la no existencia de relación lineal, pero no indica independencia de las variables ya que puede existir una relación no lineal incluso exacta.

· valores intermedios de r (0 < r < 1 ó -1 < r < 0) indican la existencia de una relación lineal, más fuerte cuanto más próximo a +1 -1) sea el valor de r.

Propiedades del coeficiente de correlación

  1. El signo del coeficiente de correlación es el mismo que el de la covarianza: si la covarianza es positiva la correlación es directa. Si la covarianza es negativa la correlación es inversa. Y si la covarianza es nula, no existe correlación.
  2. El coeficiente de correlación lineal es un número real comprendido entre -1 y 1 (-1 ≤  r  ≤1).
  3. Si el coeficiente de correlación lineal toma valores cercanos a -1 la correlación es fuerte e inversa, y será más fuerte cuanto más se aproxime a -1. Con valor      -0,5 la correlación es moderada y entre -0,5 y 0 es débil.
  4. Si el coeficiente de correlación lineal toma el valor 0 es que no hay relación lineal entre las variables.
  5. Si el coeficiente de correlación lineal toma valores cercanos a 1 la correlación es fuerte y directa y será más fuerte cuanto más se aproxime a 1. Con valor 0 a 0,5 es positiva débil. En 0,5 es moderada. Será fuerte cuando los valores están comprendidos entre 0,5 y 1.

Páginas consultadas

-          www.uoc.edu/in3/emath/docs/RegresionLineal

-          www.udc.es/dep/mate/estadistica2/sec6_8.html

-          www.e-stadistica.bio.ucm.es

-          www.biofisica.fcien.edu.uy/Pearson_sesquicentenario

-          www.scribd.com/doc/6485528/Interpretacion-geometrica-del-Coeficiente-de-Correlacion-de-Pearson

 

 

 

 

 

Evaluación de los aprendizajes. Sobre el artículo de Luisana Rivero

Evaluación de los aprendizajes.  Sobre el artículo de Luisana Rivero

Sobre la evaluación en este artículo se explican muchos aspectos útiles para la práctica docente así como para la evaluación psicopedagógica o profesional. Nos han parecido muy bien explicados cada uno de los instrumentos de los que podemos echar mano en nuestra práctica docente y orientadora, aunque hay aspectos con los que discrepamos.

Es cierto que la evaluación es una fase en la que se aporta información sobre el proceso, en este caso, de aprendizaje; pero la autora explicita que la finalidad que esta evaluación integra es la mejora. En nuestra opinión no sucede así cuando estamos ante alumnos desmotivados con un alto sentimiento de baja autoeficacia. Puesto que no se ven solventes para sobrevivir a una situación de evaluación, no invierten esfuerzo en tratar de superarla, porque es más sencillo, asumir emocionalmente, suspender porque no se estudia que suspender por falta de capacidad.

Y es que estamos en un momento en el que la capacidad innata ha cobrado tal importancia que “cuidado” el alumno que presenta problemas de aprendizaje, que no haya crecido en un contexto socioeconómico y cultural de nivel medio-alto, del que está pasando por un momento crítico en su desarrollo (adolescencia) o, incluso, el alumno que suspende por primera vez y sienta precedente.

El caso es que si la evaluación se enfocase de forma positiva por docentes, orientadores y familias, la presión que se ejerce en el estudiante dejaría de ser una posible variable que contaminase los resultados cuando estos son más bajos de lo esperado. Y digo esto porque no nos permitimos fallar, porque el error está enfocado como punto y final más que como parte del propio proceso evaluador.

Cuántas veces no hemos escuchado reprimendas de padres a sus hijos cuando se da esta situación. Y es que cuando se califica con un suspenso no es responsable únicamente el estudiante: el contexto inmediato, la carga afectiva, la implicación o ayuda familiar, la metodología y didáctica de quien enseña, el formato del examen… son indicadores que han de ser evaluados individualmente.

La parte negativa de la evaluación de los anteriores es que no hay una objetividad como la que podemos encontrar en un examen, pues las preguntas pueden ser correctas o no dentro de unos niveles aceptados por todos y que no dan pie a réplica salvo que la intención del docente sea suspender al alumnado eligiendo un instrumento o formato de examen poco frecuente o que pudiera dar cabida “si no está bien elaborado” a elementos subjetivos.

Debido a lo mal asumido que tenemos el error y la oportunidad de equivocarnos, ninguna de las variables anteriormente citadas que no son ni el examen ni el alumno, asumirán su parte de responsabilidad en el proceso de evaluación, en el más amplio sentido de la palabra.

Por todo esto, coincidimos con la autora en lo referente a que la evaluación produce un impacto emocional en el que se debe enfatizar el progreso y los logros que no sus fracasos.

No consideramos que la ausencia de evaluación sea la causa del problema a aceptar la equivocación, pues nuestra cotidianidad es un continuo en el que la evaluación, a través de la asimilación y la acomodación en la adaptación al medio, opera como el principal examen. Lo que es incoherente en el ser humano es que a pesar de lo normalizada que está la evaluación para nuestro funcionamiento, esté tan poco aceptado el error. Puede que esto sea una de las contradicciones que encontramos en el ser humano como evaluador propio e inquisidor ajeno.

Por tanto, una de las actuaciones que debe tener cabida en el ámbito académico es la posibilidad de equivocarnos y dar estrategias para asumirlo y enmendarlo para el progreso del aprendizaje. Porque otro error sería quedarnos en la calificación como última fase de la evaluación. Así estaríamos excluyendo en vez de dar herramientas de adaptación. Adaptación que nos conducirá a la autoevaluación como uno de los aprendizajes más útiles y significativos que debemos desarrollar como seres que viven en sociedad.

No hay que empezar siempre por la noción primera de las cosas que se estudian, sino por aquello que puede facilitar el aprendizaje. (Aristóteles).

Rosa Vega y Esther Rivas.

 

Sobre “Practicum y evaluación de las competencias”

Sobre “Practicum y evaluación de las competencias”

De la página recomendada en la asignatura (www.ugr.es) se ha visto la amplitud de concepto de competencia y el frecuente uso que se le da en la actualidad a pesar de la ambigüedad del término.

Después de ser definido por Spencer y Spencer entre otros de los muchos que ha concretado el término en el contexto actual,  es evidente que está muy orientado al ámbito laboral y profesional. De hecho el texto nos vincula dicho término con el de prácticas después de una formación académica. Deja pues evidente que el perfil profesional que hoy en día se exige no se limita a la mera adquisición de conocimientos aislados si no que son contextualizados en una profesión en particular o en una tarea.

De lo anterior diríamos que una competencia es una característica individual que se puede demostrar con un desempeño excelente. Y con esa característica, ¿se nace o se entrena?

En nuestra opinión, nos motiva aquello que se nos da bien  por aptitudes individuales, por lo que, al estar asociado, garantiza que una persona pueda ser competente hacia una tarea. Pero dicha tarea se compone de otras tareas intermedias que hay que dominar para conseguir el éxito que se espera. Estas tareas intermedias son las competencias.

Está claro que hoy en día no es suficiente con saber algo. Por ello en los diferentes estudios se da una importante carga al periodo de prácticas, principalmente en aquellos estudios que contribuyan al desarrollo económico, o lo que se ha considerado desde la Ilustración “ciencias útiles”.

Hasta aquí podemos ver una asociación del término competencia en cuanto a teoría y práctica en lo que venían siendo los contenidos de carácter conceptual y procedimental. Por tanto, es un término nuevo en cuanto a que integra los anteriores; pero no puede considerarse como una novedad, como un descubrimiento o panacea que resolverá mediante la formación, los problemas sociales y económicos del mundo. Los conceptos y procedimientos llevan vigentes desde 1990 (LOGSE) y tanto el desarrollo como la evaluación de los mismos no han paliado el fracaso escolar.

Pero hay que reconocer al término competencia el no ceñirse con exclusividad al ámbito profesional, pues también contempla lo personal en lo que se consideran competencias genéricas o transversales. Aunque tampoco es nuevo en este aspecto, ya que también aparecían en nuestro currículo unos contenidos actitudinales.

Por lo tanto, pese a la acogida que tiene el término competencia en la actualidad, hay que reconocer que su mérito radica en integrar los tres contenidos anteriormente citados y en la importancia que se le da a la experiencia en cuanto a que dispone al individuo ante un contexto realista en el que desarrollar las tareas, que por aprendizaje o de manera inherente a la persona, saber adecuar a un momento o circunstancia concreta en el ámbito profesional.

Si el ámbito usual de la competencia es el laboral, la educación es la simple transición al empleo.

En Los cuatro pilares de la educación (Jaques Delors) se defiende la educación como instrumento con el que combatir las desigualdades. De tal forma que en el informe de este autor aparecen máximas tales como:

-          La educación frente a la crisis del vínculo social.

-          La educación y la lucha frente a las exclusiones.

-          La educación para el desarrollo humano.

-          La educación y el desarrollo social.

Sin duda el Informe Delors, aún describiendo una educación tan integral como la de las competencias, supera la pedagogía de las mismas, pues a lo que se resumen las competencias es a un saber, un saber hacer, un saber ser y un saber estar, en pro del desarrollo económico. Pero ya en 1994, en dicho Informe se explicitan una serie de aprendizajes que superan con creces a las competencias, no sólo en progreso económico sino en el social, ya que la educación, en el amplio sentido de la palabra integra aprender a conocer (aprender a aprender), aprender a hacer, aprender a vivir juntos y aprender a ser.

Hablar de competencias es el simple intento de hacer creer que con éstas cambiaremos el perfil social, pues apuntan a reforma aún siendo sólo palabras.

Se crean expectativas de mejora al cambiar educación por competencias cuando el cambio es la única cosa inmutable.

Rosa Vega y Esther Rivas

LA ESCUELA DE SUMMERHILL

LA ESCUELA DE SUMMERHILL

 Recientemente en nuestra clase de Evaluación del rendimiento escolar, se hizo alusión a esta escuela, y nos hizo pensar que tal vez era el momento de echar un vistazo de nuevo hacia ella.

Summerhill fue fundada en 1921, en el pueblo de Leiston, Suffolk, a unos 160km de Londres. Era una escuela en la cual había 35 niños y 35 niñas agrupados por sexos y diferencias de edad.(5-7, 8-10, 11-15 y los mas mayores estaban individuales o en pequeños grupos).

Tenían un gran porcentaje de alumnos extranjeros. Cada grupo dormía en diferentes lugares. En habitaciones de 3 o 4 personas. Los alumnos/as vivian en libertad, no están obligados a nada.

Neill, su fundador,  opina que las escuelas que obligan a los niños a sentarse en pupitres, solo son buenas para aquellos que quieren niños dóciles sin espíritu creador y que encajan en una sociedad que tiene como objetivo el dinero. Pensaba que una escuela tiene que estar en función de la voluntad del niño y no al revés, por eso fundó Summerhill.

Partiendo del hecho de que si un niño tiene ganas de aprender, aprenderá lo enseñes de la manera que lo enseñes, los niños/as que iban a Summerhill no dudan en ir a clase, pero los que procedían de otros centros tardaban mas tiempo en desarrollarse. El tiempo de recuperación es proporcional a la adversidad que se le aplica. El record lo tenía una niña que procedía de un convento que tardo tres años en entrar a clase.

En Summerhill no había exámenes finales, los conocimientos adquiridos dependían de la voluntad de los alumnos. Cuando el alumno asistía a clase, no le dejaban de enseñale las asignaturas básicas, ya que si el alumno quiere pasar a la universidad tiene que superar los exámenes (eso si el alumno quiere), por tanto “es esclavo” de los exámenes de las universidades, al igual que los estudiantes de las escuelas convencionales.

En esta escuela todo el mundo era igual, tanto los profesores, como los alumnos, como el director, y lo demuestraban en la asamblea general; cada persona tenía un voto igual que el otro. Así el alumno no tenía miedo del profesor y por lo tanto no se sentía inferior, lo cual creaba confianza en uno mismo.

Neill cree que la función del niño es vivir su propia vida, no la vida que los padres piensan que ha de vivir, ni una vida de acuerdo con el educador. Todas estas interferencias y orientaciones por parte de los adultos no pueden producir sino una generación de autómatas. Si se hace aprender al niño a la fuerza, lo convertiréis en un individuo dócil, que se adaptará a un horario pero que no será plenamente feliz.

Veamos algunas de las diferencias entre SUMMERHILL  y las escuelas convencionales:

Summerhill parte de la idea de educar mediante la libertad del niño y que el niño es bueno por naturaleza. A partir de aquí, el niño solo y libremente se desarrolla de manera individual cogiendo confianza en sí mismo para afrontar la vida.

La escuela convencional, parte de que se tiene que enseñar al alumno a base de darle información, obligándolo a asistir a las clases y a estudiar, vigilando y controlando al alumno mediante exámenes periódicos. Es decir, en la escuela convencional se obliga al alumno estudiar con el objetivo de llegar a desarrollar al máximo su  inteligencia a base de darle información.

Eso provoca, en algunos casos, que el alumno pierda el interés por aprender ya que en ese momento  se siente desmotivado por la obligación de asistir a clase  y hacer el trabajo diario dirigido por el profesor.

En el libro Neill nos muestra que dando libertad, muchos alumnos fracasados y pequeños delincuentes han reconducido su vida  y han llegado a introducirse en un mercado laboral normalizado.

En la escuela convencional para  manejar estas situaciones  se utilizan métodos más drásticos, empezando por castigar y terminando, si es necesario,  por expulsar del centro escolar al alumno/a durante periodos de tiempo.

Otra gran diferencia entre Summerhill y las escuelas convencionales es el autogobierno, donde cada alumno tiene el mismo peso que cualquier profesor. En Summerhill se discuten los problemas de la escuela y se elaboran las leyes que se han de cumplir dentro del centro. A quien no las cumpla se le imponen castigos y multas elaborados también por los mismos alumnos, cuestión esta,  que aporta confianza a los niños, ya que de esta manera creen que tienen un sitio en la sociedad  y desarrollan un sentido crítico como futuros ciudadanos.

En las escuelas convencionales este sistema de autogobierno no existe, son los profesores  y el sistema los que elaboran y hacen cumplir las leyes y normas establecidas en la escuela.

Se podrían ampliar las diferencias, ya que en el libro se pormenorizan otra serie de temas como son sexo, religión, moral..., pero hemos seleccionado algunos de ellos, con el fin de hacer una breve reseña de esta escuela.

Valoraciones personales

En sí las ideas que fundamenta la escuela de Summerhill son muy interesantes, pero en el libro, a nuestro modo de ver se repiten demasiado las mismas ideas, y deja poco espacio para que otro tipo de metodologías puedan también aportar buenas ideas  o alternativas para el desarrollo  integral del niño/a.

Creemos que plantea una escuela diferente, pero si entrasemos a analizar un poco más en profundidad vemos que puede ser un colegio como otro cualquiera, excepto en la organización arquitectónica, los horarios y la metodología. Pero finalmente los preparan para el mundo laboral igual que las demás escuelas.

Esta bien que los niños /as se desarrollen en libertad, y después de leer el libro y diversas opiniones y páginas de Internet, pensamos que tal vez sea una realidad el hecho que los niños/as que hayan recibido allí su formación hayan estado más preparados para integrarse en la sociedad debido a que se les haya trabajado la  autoestima y autonomía de una manera más específica que muchos otros que reciben su educación en escuelas convencionales, pero ¿Solamente los niños/as educados bajo esta metodología consiguen ser autónomos, libres y felices?

Se dice “El principal objeto de la educación no es el de enseñarnos a ganar el pan, sino en capacitarnos para hacer agradable cada bocado”

 

Nosotras pensamos que para llegar a este fin no existe un camino único, ¿y vosotros que pensáis?

Rosa Vega y Esther Rivas

La evaluación desde STUFFLEBEAM y CRONBACH

La evaluación desde  STUFFLEBEAM y CRONBACH

 Empezamos el modulo I de esta asignatura buscando las posibles definiciones de evaluación, profundizando  un poco sobre ellas encontramos que varios autores se han centrado en el concepto y la importancia de la evaluación y su proceso. Entre ellos:  Tenbrink, Eisner (referentes tomados por Elías), Tyler, Scriven, Stake, Guba y Lincoln, Schuman, Stufflebeam, Cronbach. Nosotras nos hemos centrado los dos últimos. Finalizaremos con una definición personal de evaluación.

STUFFLEBEAM

Daniel L. Stufflebeam define la evaluación como “... el proceso de identificar, obtener y proporcionar información útil y descriptiva sobre el valor y el mérito de las metas; la planificación, la realización y el impacto de un objeto determinado, con el fin de servir de guía para la toma de decisiones; solucionar los problemas de responsabilidad y promover la comprensión de los fenómenos implicados. Así, los aspectos claves del objeto que deben valorarse incluyen sus metas, su planificación, su realización y su impacto”.

El modelo Stufflebeam es conocido como CIPP (Contexto, Imput, Proceso, y se caracteriza por estar orientado a la toma de decisiones. Así, la evaluación se estructura en función de las decisiones que se deben tomar. Este modelo organiza el proceso de la implementación según cuatro dimensiones y sus correlaciones:

·         Contexto: Esta dimensión se nutre de los datos globales socioeconómicos y sociolaborales nacionales y locales, con énfasis especial en las políticas de empleo para jóvenes.

·         Imput: Identifica y valora los recursos disponibles (humanos, materiales y financieros) antes del programa; los objetivos y las estrategias planteadas según los recursos disponibles; las estrategias implementadas; los recursos asignados y utilizados, el soporte normativo y las intervenciones realizadas.

·         Proceso: Incluye la interrelación dinámica entre las estructuras del programa y los diversos actores, generando un sistema vincular: “medio ambiente del programa”. Se evalúa especialmente por técnicas cualitativas.

·         Producto: Los productos (indicadores) se pueden caracterizar según:

ü  Eficacia: medida de los logros en un tiempo determinado.

ü  Eficiencia: medida de los logros en un tiempo determinado, según los recursos utilizados.

ü  Cobertura: proporción entre los jóvenes que accedieron al programa y el total de jóvenes cadenciados y en situación de desempleo.

ü  Pertinencia: grado de satisfacción de las necesidades específicas de los jóvenes beneficiarios.

ü  Adecuación: correlación entre los objetivos y los recursos disponibles.

ü  Coherencia: grado de correspondencia entre los objetivos y los dispositivos.

ü  Imputabilidad: medida de causalidad o de fuerte asociación entre los dispositivos y los resultados

Las cuatro dimensiones del modelo CIPP se relacionan con cuatro niveles de decisión: Decisiones de Programa, Decisiones de Planeación, Decisiones de Implementación, Decisiones de Relevamiento.

Stufflebeam invoca a la responsabilidad del evaluador, que debe actuar de acuerdo a principios aceptados por la sociedad y a criterios de profesionalidad, emitir juicios sobre la calidad y el valor educativo del objeto evaluado y debe asistir a los implicados en la interpretación y utilización de su información y sus juicios. Sin embargo, es también su deber, y su derecho, estar al margen de la lucha y la responsabilidad política por la toma de decisiones y por las decisiones tomadas.

De manera que, según Stufflebeam, el propósito fundamental de la evaluación no es demostrar sino perfeccionar.

Así pues, Stufflebeam presenta la evaluación como un proceso de mejora y no como un proceso sancionador, calificativo este que en muchas ocasiones es el percibido por los alumnos/as sobre este proceso. En la evaluación aquí presentada el proceso está centrado en el alumno más que en el profesor.

CRONBACH

Según L.J. Cronbanch (1963), la evaluación consiste esencialmente en una búsqueda de información que habrá de proporcionarse a quienes deban tomar decisiones sobre la  enseñanza. Esta información ha de ser clara, oportuna, exacta, válida, amplia. Quienes tienen poder de decisión, son quienes formularán juicios a partir de dicha información.

Del análisis que Cronbach da acerca del concepto, funciones y metodología de la evaluación, entresacamos las sugerencias siguientes:

a) Asociar el concepto de evaluación a la toma de decisiones. Distingue el autor tres tipos de decisiones educativas a las cuales la evaluación sirve:

Ø  Sobre el perfeccionamiento del programa y de la instrucción.

Ø  Sobre los alumnos (necesidades y méritos finales).

Ø  Acerca de la regulación administrativa sobre la calidad del sistema, profesores, organización, etc.

De esta forma, Cronbach abre el campo conceptual y funcional de la evaluación educativa mucho más allá del marco conceptual dado por Tyler, aunque en su línea de sugerencias.

b) La evaluación que se usa para mejorar un programa mientras éste se está aplicando, contribuye más al desarrollo de la educación que la evaluación usada para esti­mar el valor del producto de un programa ya concluido.

c) Poner en cuestión la necesidad de que los estudios evaluativos sean de tipo comparativo. Cronbach aboga por unos criterios de comparación de tipo absoluto, recla­mando la necesidad de una evaluación con referencia al criterio, al defender la valoración con relación a unos objetivos bien definidos y no la comparación con otros grupos.

d) Se defienden los estudios más analíticos, bien controla­dos, que pueden usarse para comparar versiones alternativas de un programa.

e) Metodológicamente Cronbach propone que la evaluación debe incluir:

Ø  Estudios de proceso -hechos que tienen lugar en el aula -

Ø  Medidas de rendimiento y actitudes -cambios observados en los alumnos -

Ø  Estudios de se­guimientos, esto es, el camino posterior seguido por los estudiantes que han participado en el programa.

Desde la óptica que nos presenta este autor, las técnicas de evaluación no pueden limitarse a los tests de rendimiento. Los cuestionarios, las entrevistas, la observación sistemática y no sistemática, las pruebas de ensayo, según el autor, ocupan un lugar importante en la evaluación, en contraste al casi exclusivo uso que se hacía de los tests como técnicas de recogida de información.

Y para concluir presentamos nuestra definición de evaluación: Es un proceso continuo a través del cual valoramos si el alumno ha logrado los objetivos propuestos.

Rosa Vega y Esther Rivas

 

BIBLIOGRAFIA Y REFERENCIAS:

-Stufflebeam,D. "Evaluación Sistémica: Guía teórica y práctica".-Ed. Pidos Iberica,S.A. 2002


-http://www.cop.es/delegaci/palmas/biblio/person/person30.pdf